La Legislacion
Formosa
- Chaco - Santa Fe - Río Negro
Salta - Misiones
LA REFORMA CONSTITUCIONAL
Ser
indio en Argentina siempre fue una herencia dura. Cien años atras era motivo suficiente
para ser perseguido y asesinado. Hoy, si bien la situación mejoró, los aborígenes
siguen siendo los más marginados entre los marginados.
Hoy se nota una expresión más
abierta y orgullosa de ser "indio" dentro de la sociedad. Se van organizando
como pueblos olvidados y discriminados que luchan por sus derechos y la tierra.
Y en esta lucha, la sanción de las
leyes que garantizaran el acceso a la tierra, al reconocimiento de la presencia étnica y
cultural de pueblos indígenas, el derecho a la educación, a hablar su lengua materna y
otras cuestiones socioeconómicas fueron y son importantes.
- El primer paso desde el monte
formoseño
La
primera ley fue promulgada en Formosa, con una gran población aborigen, y su elaboración
tuvo un gran protagonismo indígena.
En 1984 se crea una comisión
conocida como "de los veintiuno", siete representantes por cada una de las tres
etnias aborígenes (pilagá, toba y wichi) de la provincia. Estos se proponen consultar a
todas las comunidades de sus etnias sobre la tierra, la cultura, la educación, la salud,
etc. con la finalidad de insertar el pensamiento aborigen de una ley.
Este proceso culmina con una gran
movilización a la ciudad de Formosa para la representación al Poder Legislativo del
proyecto de Ley Integral Aborigen conjuntamente con el Poder Ejecutivo.
Esta ley se aprueba con el nº 426
que otorga reconocimiento jurídico a las organizaciones aborígenes como asociaciones
civiles, y con ella, la posibilidad de recuperar la tierra como "reparación
histórica". También con esta ley se crea el ICQ, el Instituto de Comunidades
Aborígenes, de carácter gubernamental para operativizar las cuestiones indígenas
relacionadas con la nueva legislación.
- Movilización para una ley
Después,
en la provincia del Chaco, se vive un proceso similar. A través de una convocatoria,
impulsada por las Organizaciones no Gubernamentales, se reúnen en la ciudad de Presidente
Roque Sáenz Peña dirigentes de todas las comunidades del Chaco y de las diferentes
etnias junto con representantes de todas las instituciones que los acompañan.
Se conforma una comisión llamada
"de los seis", dos representantes de cada etnia (mocoví, toba y wichi) que
debían llevar adelante las gestiones para la sanción de una ley provincial del aborigen.
Finalmente, en mayo de 1987, se
realiza una movilización aborigen en la ciudad de Resistencia para reclamar la sanción
de la ley, la que finalmente se sanciona en ese mismo año. También aquí la ley
contempla la creación de un organismo gubernamental, el IDACH, el Instituto del Aborigen
Chaqueño y la posibilidad de titularizar tierras indígenas junto al reconocimiento de
otros derechos como el de la educación bilingüe y bicultural.
- Un pensamiento común: La Ley
En la
provincia de Santa Fe todavia no existe ninguna legislación. Desde hace unos 3 años,
nació la Organización de Comunidades Aborígenes de Santa Fe, la OCASTAFE, que agrupa a
los representantes de las dos etnias que habitan la provincia: mocoví y toba.
Las asambleas periódicas que
llevan a cabo es el ámbito que permite recuperar la memoria histórica para enlazarla con
la vida actual. Una vida llena de agravios e injusticias hacia el aborigen con respecto a
al propiedad de la tierra, la educación y el menosprecio a la raza. Por esta situación
para buscar alternativas de vida más dignas.
El accionar de la organización
OCASTAFE posibilita plantear políticas hacia las comunidades. Y una de las iniciativas de
esta organización fue la elaboración de un anteproyecto de ley provincial cuyo primer
artículo dice:
"Esta ley tiene por objeto el
tratamiento integral de la situación social, económica, política, jurídica, colectiva
e individual de las comunidades aborígenes de la provincia de Santa Fe, mediante el
reconocimiento de us propia organización, como elemento de autodeterminación, llevando
implícito un real respeto a la cultura, a través del acceso a la propiedad de la tierra
y la asignación de los recursos necesarios para el mejoramiento de las condiciones de
vida en cuanto a salud, vivienda y educación; garantizando su efectiva participación en
el quehacer provincial y nacional."
Desde agosto de 1992, este proyecto
de ley está en manos de los presidentes de los tres bloques de la Cámara de Senadores,
del Vicegobernador y del Gobernador.
- Con la fuerza de la Organización
Y en
Río Negro tampoco ha sido fácil la sanción de una ley. Luego de muchos tironeos entre
los representantes indígenas y el gobierno provincial, fue sancionada la ley provincial.
Para lograrlo fue necesario que la
poderosa organización mapuche, el Consejo Asesor Indígena, el CAI, luchara a brazo
partido cada punto de la misma.
Los mapuches del CAI reúnen a
representantes de 72 parajes distintos, alejados por enormes distancias entre sí. Surgido
a partir de la nevada del '84, el CAI es hoy una muestra de lo que puede lograr la
organización indígena. Durante el primer gobierno democrático provincial, el CAI
colaboró en un primer momento con la elaboración de la ley, pero cuando las autoridades
pretendieron modificar el proyecto elaborado en conjunto, el CAI puso una firme
resistencia.
Tras la elección de un nuevo
gobernador, y tras una serie de grandes movilizaciones, se conformó una comisión
legislativa de asuntos indígenas, en la cual intervinieron los representantes de los
aborígenes y sus asesores. El proyecto de ley surgido de esa comisión fue festejado por
los aborígenes y votado por unanimidad por los legisladores.
Este primer paso fue dado. Sin
embargo, la lucha de la organización indígena continúa. Todavía hayu que hacer
realidad el sueño de la dignidad: recuperar las tierras.
Salta
es la provincia que más etnias diferentes alberga en su territorio provincial. Pese a
haber sido la segunda provincia en instrumentar una ley aborigen, Salta presenta la
situación más complicada del país en este tema. Graves conflictos entre terratenientes
e indígenas parecen vocarse a favor de los primeros. Mientras tanto, el poder político
sigue haciendo promesas.
Se hace implisble contar los casos
de intentos de desalojar a comunidades aborígenes de las tierras fértiles que desde hace
siglos ocupan.
Mientras la ley demora en ser
implementada, los alambrados cierran caminos, se meten en territorios indígenas y los
derechos aborígenes siguen pisoteados.
En el chaco salteño, en septiembre
de 1991, criollos y aborígenes frimaron un Acta Acuerdo con el Gobernador de la provincia
para la ubicación de las familias en 75 mil hectáreas de lotes fiscales. Esto forma
parte de una iniciativa de Organizaciones no Gubernamentales que presentaron un Plan de
Regulación y reordenamiento de tierras fiscales para criollos y aborígenes.
En
Misiones, la cuestión no está menos complicada. En democracia, la provincia de Misiones
aprobó la ley más progresista de todas las redactadas en el país. Elaborada por grupos
indigenistas y los propios indígenas fue muy bien aceptada por las aldeas mbya. Esta ley
fue reglamentada pero nunca fue aplicada. Y lo que es peor, fue derogada echando por el
suelo las esperanzas de las aldeas guaraníes. En su lugar fue sancionada la Ley nº 2727
que tiene además el decreto reglamentario. La población indígena de Misiones no tiene
aún suficiente información de la misma como para presentar un pensamiento común en
propuestas o posturas. Desde ya se sabe que uno de los aspectos más difíciles de sortear
será la tenencia de la tierra y las posibilidades reales de acceso.
La ley también crea la Direcciób
Provincial de Asuntos Guaraníes, organismo gubernamental encargado de reconocer a las
comunidades indígenas como tales, y otorgar la personería jurídica.
- LA REFORMA CONSTITUCIONAL
Allá
por 1986-87, con unos pocos años de democracia, los ciudadanos argentinos empezamos a
escuchar, de boca del presidente Alfonsín, las palabras Reforma Constitucional. Sólo el
correr del tiempo y la vida en democracia nos harían entender verdaderamente su
significado. Aquella mención produjo cierto revuelo en determinados sectores de nuestra
sociedad, que querían aportar a la construcción de una nueva Carta Magna.
En 1991-92, el presidente Menem
vuelve a lanzar el tema al ruedo. Hoy ya está sancionada la nueva Constitución, con una
serie de correcciones y nuevos derechos. De todos ellos, el reconocimiento de la identidad
étnica y cultural de los pueblos indígenas se ha escrito con la letra del protagonismo
popular.
Los derechos indígenas están
reconocidos en el artículo 75, inciso 17:
"Corresponde al
Congreso...
Reconocer la pre-existencia de los pueblos
indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación
bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la
posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular
la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será
enajenable, transmisible ni susceptibles de gravámenes o embargos.
Asegurar su participación en la gestión
referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias
pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones."
*
Fuente: Argentina Indígena - INCUPO (Instituto de Cultura Popular) |
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